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¿Qué son los agentes registradores?

Son las entidades que pueden asesorar a sus clientes y actuar por cuenta de estos ante Red.es en las actividades relacionadas con la solicitud de nuevos dominios y con la gestión de los dominios ya asignados, de acuerdo con los requisitos y condiciones que establece la Autoridad de asignación.

¿Cómo se puede recuperar un dominio usurpado de forma ilegítima?

La recuperación de un dominio usurpado de forma ilegítima se lleva a cabo a través de un procedimiento administrativo en virtud de la Política Uniforme de Solución de Controversias adoptada por la ICANN, aprobado el 26 de Agosto de 1999, así como por el Reglamento de la Política Uniforme de Solución de Controversias y por el Reglamento Adicional del Proveedor que administra el procedimiento.

Este procedimiento administrativo se compone de cinco fases:

  1. La presentación de una demanda ante un proveedor de servicios de solución de controversias acreditado por la ICANN y seleccionado por el demandante, por ejemplo el Centro de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual).
  2. La presentación de un escrito de contestación por parte de la persona o entidad contra la que se ha presentado la demanda.
  3. El nombramiento de un grupo administrativo de expertos, compuesto por una o tres personas, que resolverá la controversia, nombramiento efectuado por el proveedor de servicios de solución de controversias seleccionado.
  4. La resolución del grupo administrativo de expertos y su notificación a las partes, a los registradores interesados y a la ICANN.
  5. La ejecución de una resolución del grupo administrativo de expertos por los registradores interesados, en caso de que se dicte una resolución por la que haya que cancelarse o cederse el nombre o nombres de dominio en cuestión.

¿Qué es la ciberocupación?

Es una práctica abusiva que consiste en registrar un nombre de dominio perteneciente a una empresa o marca, con el propósito de extorsionar o chantajear a su legítimo propietario.

¿Cuáles son los datos que generalmente pide un registrador de dominios para proporcionarle un nombre de dominio?

  • Datos del registrante.
  • Contacto administrativo.
  • Contacto técnico.
  • Contacto de facturación.
  • DNS primarios (es necesario indicar el par de DNS que su proveedor de alojamiento le indique, debido a que en esos DNS se configurará la ubicación del sistema que aloje la web, correo, etc.).
  • DNS secundario (habitualmente no hará uso de los mismos).

¿Qué caracteres multilingües están permitidos en el .es?

Los caracteres permitidos en España son 13 y son los siguientes: á à é è í ï ó ò ú ü ñ ç ?l

¿Cuáles son los criterios de asignación de los nombres de dominio territoriales?

En cuanto a los criterios de asignación de los nombres de dominio territoriales, cabe destacar que son prácticamente los mismos, es decir:

  • Aquellos que no se encuentren previamente registrados.
  • Aquellos que cumplan con las siguientes normas de sintaxis.
  • Letras del alfabeto inglés, los dígitos y el guión, (aunque se admite el multilingüismo y por lo tanto el registro de nombres de dominio con caracteres del alfabeto español, estando permitido desde noviembre de 2007).
  • Longitud máxima 63 caracteres (no recomendado más de 24).
  • Longitud mínima 3 caracteres (no recomendado menos de 5).
  • Aquellos que no incurran en las anteriores prohibiciones absolutas.
  • Los nombres de dominio se asignarán siguiendo el criterio de “first come, first served” (el primero que solicite adquiere el derecho).

Las personas jurídicas y demás entidades podrán solicitar la asignación de los dominios que estén compuestos por:

  • Las denominaciones de origen cuando las solicite el Consejo Regulador.
  • Topónimos o gentilicios cuando se soliciten por administraciones públicas territoriales (ej. Ayuntamiento) que las identifique inequívocamente.
  • Las personas físicas podrán solicitar los dominios que coincidan con el nombre y apellidos que aparezca el DNI o tarjetas de residencia.

¿Cuál es el organismo responsable de la asignación de los dominios .es?

El organismo responsable en España de la gestión del Registro de Dominios .es, es el ESNIC (“Network Information Center”). Este organismo está integrado en la Entidad Pública Empresarial Red.es.

¿Qué no se puede registrar como dominio .es?

Las prohibiciones absolutas del registro de los dominios .com son aplicables a los dominios .es. No obstante en el caso de los dominios .es existe la prohibición de registrar determinados nombres, por encontrarse éstos reservados:

  • Nombres de organizaciones internacionales y supranacionales, de órganos constitucionales y otras instituciones del Estado Español, los cuales sólo pueden ser registrados por el organismo correspondiente.
  • Topónimos que coincidan con la denominación oficial de Administraciones públicas territoriales y que no hayan sido registradas previamente, salvo el organismo correspondiente.
  • Nombres de dominio relativos a denominaciones de órganos constitucionales u otras instituciones del Estado, así como términos relativos a la Casa Real que no hayan sido previamente asignados o que queden vacantes.

¿Qué requisitos hay que cumplir para registrar un dominio.es?

Al igual que en el caso del dominio .com, antes de registrar un dominio. es, es necesario cumplir con una serie de normas técnicas y administrativas:

  • Los nombres de dominio pueden consistir en todas las letras del alfabeto inglés y castellano, es decir: de la a a la z, incluyendo la letra ñ, los acentos, números y guiones y, en general, todos los caracteres de la lengua castellana. Cualquier otro tipo de carácter, incluyendo espacios, subrayados y comas, no es válido.
  • La longitud mínima del nombre de dominio es de 3 caracteres y la máxima es de 63, aunque se aconseja un máximo de 24. Con respecto a este dominio tampoco existen limitaciones a su registro, siendo su número ilimitado siempre que cumpla con los requisitos exigidos, por lo que también se recomienda que las empresas registren sus marcas como nombres de dominio.

¿Quién puede solicitar el registro de un dominio .es?

Cualquier persona física o jurídica con intereses o vínculos con España puede registrar un dominio .es.

¿Qué es un dominio .es?

Por dominio “.es” se entiende aquella dirección electrónica mantenida por España.

¿Qué pautas siguen los organismos encargados de la asignación de dominios territoriales?

Los organismos encargados de asignar los nombres de dominios territoriales establecen unas pautas diferentes, de ahí que cada país adopte la suya propia.

A continuación, detallamos algunos de los criterios más relevantes y que experimentan una mayor variación:

  • Exigencia o no de poseer presencia en el país del registro bien directa o indirectamente a través de un distribuidor, colaborador, etc.
  • Viabilidad o no de obtener múltiples registros, es decir, adquirir más de un dominio asignado por la misma entidad solicitante (casos excepcionales).
  • Coincidencia con una marca del solicitante, pudiendo encontrarse la misma en trámite o ya concedida.
  • Coincidencia con la denominación social de la entidad solicitante

¿Qué es un dominio “de alto riesgo”?

Como consecuencia de la falta de unidad de criterios están surgiendo en determinados países dominios llamados “de alto riesgo” donde cualquier persona de cualquier parte del mundo sin justificar legitimación alguna puede solicitar un nombre de dominio. Estos dominios pueden presentar un peligro para aquellas empresas que posean una importante cartera de propiedad industrial, ya que facilitan el secuestro de dominios con la intención de obtener un lucro.

¿Qué es un dominio territorial?

También se denominan dominios geográficos. Son los dominios mantenidos por cada país. Estos dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que deseen establecerse en Internet o que quieren proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país en concreto.

¿Cuáles son los criterios de asignación de los nombres de dominio genéricos?

El ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) es el organismo responsable de la asignación de los nombres de dominio genéricos (.com, .net, etc.).

¿Qué no se puede registrar como dominio .com?

Existen una serie de prohibiciones absolutas para el registro de nombres de dominio
.com:

  • Nombres de dominio de segundo nivel que coincidan con algún dominio de primer nivel (tales como .edu, .com, .gov, .mil, .uk, .fr, .ar, .jp).
  • Nombres conocidos como términos de Internet.
  • Nombres de dominio prohibidos por Resolución Judicial.
  • Nombre de dominio prohibido por haber sido anteriormente objeto de ciberocupación.
  • Nombre de dominio prohibido por ser objeto de un procedimiento extrajudicial de conflictos, de un procedimiento judicial o de un procedimiento de cancelación.
  • Nombre de dominio ya solicitado cuya asignación no ha podido aún tramitarse por razones técnicas.
  • Nombres que comiencen por xn--
  • Nombres que comiencen o terminen por un guión (-).
  • Nombres de dominios contrarios a la ley o al orden público, ofensivos o malsonantes.
  • Clasificaciones que realiza subjetivamente (ya que no hay norma escrita sobre los términos que se engloban en esta clasificación) el personal de RedIris.

¿Qué organismo es responsable de la asignación de nombres de dominio genéricos?

El ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) es el organismo responsable de la asignación de los nombres de dominio genéricos (.com, .net, etc.).

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder registrar un dominio .com?

Antes de registrar un dominio .com, es necesario cumplir una serie de normas técnicas y administrativas:

  • La longitud mínima del nombre de dominio es de 2 caracteres y la máxima de 64.
  • Pueden consistir en todas las letras del alfabeto inglés y castellano, es decir: de la a a la z incluyendo la letra ñ, los acentos, números y guiones y, en general, todos los caracteres de la lengua castellana.
  • Cualquier otro tipo de carácter, incluyendo espacios, subrayados y comas, no es válido.

Por otro lado, no existen limitaciones al registro de nombres de dominio .com, por lo que su número es ilimitado, siempre que la empresa cumpla con los requisitos documentales exigidos. No obstante, se recomienda que las empresas registren sus marcas de productos, servicios,… como nombre de dominio, a fin de que la empresa goce de suficiente protección frente a terceros, tanto en el mundo físico como en el virtual.

¿Quién puede registrar un dominio .com?

Cualquier persona física o jurídica interesada en tener presencia dentro de la Red puede registrar un dominio .com.

¿Qué es un dominio .com?

Por dominio “.com” se entiende aquella dirección electrónica destinada a entidades con fines comerciales o de negocios.

¿Qué criterios hay que cumplir para registrar un nombre de dominio genérico abierto?

Existen una serie de criterios para la asignación de nombres de dominio genéricos abiertos:

  • Pueden solicitarse por cualquier persona física o jurídica.
  • No tienen que haber sido asignados previamente.
  • El registro se produce de manera inmediata, no existiendo trámite de publicación ni de oposición.
  • La asignación es automática sin tener en cuenta la titularidad de las marcas o denominaciones sociales anteriores.

¿Cómo se pueden clasificar los dominios genéricos?

Los dominios genéricos se pueden clasificar en:

  • Dominios abiertos: cuyo registro no exige especial requisito. Por ejemplo: (“.com”, “.info”).
  • Dominios restringidos: para su registro es necesario, cumplir con ciertos requisitos. Por ejemplo: (“.int”, “.gov”).

Actualmente, hay una gran diversidad de empresas dedicadas a la gestión y asignación de nombres de dominio genéricos, conocidas como “registradores” al haber sido designados como tal por la Corporación de Asignación de Nombres y Números de Internet (ICANN), máxima autoridad en relación con la asignación de los nombres de dominio.

¿Qué son los dominios genéricos?

Estos nos informan del tipo de entidad o la actividad que desarrolla. Se encuentran formados por términos asociables con algún tipo de actividad, o incluso relacionados con el tipo de contenido que su propietario debe incluir en su www. correspondiente.

¿Qué tipos de dominios hay en Internet?

En los nombres de dominio de primer nivel pueden existir los siguientes tipos:

  • Dominios genéricos.
  • Dominios territoriales.

¿Está el dominio directamente relacionado con la ubicación física (país) del servidor?

No, técnicamente, el servidor puede estar ubicado en cualquier país del mundo. No obstante, algunos países permiten el registro de sus nombres de dominio en servidores del mismo país.

¿Qué es un sistema de nombres de dominio?

El sistema de nombres de dominio es aquel sistema que permite la relación de un nombre de dominio con una dirección IP, siendo ésta un número que identifica a una máquina en Internet.

¿Qué es la dirección IP?

La identificación de todos los ordenadores en Internet se realiza mediante la dirección IP, formada por cuatro grupos de números únicos a nivel mundial, denominados DNS (Domain Name Services).

¿Cuál es la estructura de un nombre de dominio?

Todas las direcciones (nombres de dominio) de las páginas web presentan una estructura similar a www.clarkemodet.com que se compone de distintos grupos, que a continuación vamos a analizar:

  • Dominio de primer nivel: en este caso es la parte del nombre de dominio “.com” y va a identificar la actividad que desempeña o bien características de la entidad.
  • Dominio de segundo nivel: normalmente suele identificarse con la denominación social o marca del solicitante. Ejemplo: “clarkemodet“.
  • Dominio de tercer nivel: identifican una actividad, característica de una persona física o jurídica dentro del territorio. En este caso, el ejemplo se ha tomado del territorio español los siguientes indicativos: “.com.es”, “.nom.es”, “.org.es”, “.gob.es” y “.edu.es”. Por lo general, corresponde a dos letras únicas que hacen referencia al país en el cual el nombre de dominio ha sido registrado.

¿Qué ventajas tiene el registro de un nombre de dominio?

  • Es el medio de difusión publicitario por excelencia, que no requiere realizar grandes inversiones.
  • Contribuye a crear y promover la identidad de la empresa en Internet, posicionando la marca ante una audiencia potencial de millones de clientes.
  • Establece un punto de contacto, un lugar donde los potenciales clientes pueden obtener información sobre los productos y servicios de nuestra empresa.
  • Otorga prestigio a la empresa frente a sus competidores que todavía no gozan de presencia en Internet.
  • Equipará como herramienta de marketing y estrategia comercial a las pequeñas y grandes empresas.
  • A través de los nombres de dominio se materializa el correo electrónico en la página Web.

¿Qué es un dominio?

Por nombre de dominio se entiende la dirección electrónica de referencia para localizar una empresa, producto o servicio que opere en la red, es decir, el nombre que identifica un sitio Web. Del mismo modo que el DNI es un elemento identificativo de la persona, o la imagen de una marca se encuentra asociada a un producto, el nombre de dominio representa una denominación utilizada como dirección de referencia para localizar una empresa, un producto o un servicio, individuo, etc. que opere en la red.

La denominación que constituye el nombre de dominio en numerosas ocasiones se encuentra conformada por la denominación social de la empresa, una marca o cualquier signo que resulte identificativo para su localización por parte del usuario.

Algunos especialistas en la materia vienen a identificar el nombre de dominio como una marca en el ámbito territorial de Internet, el ciberespacio.

Esta manifestación nos viene a ofrecer una imagen de la importancia de los nombres de dominio por la dimensión territorial de carácter ilimitado que supone Internet.

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