Web Analytics
icon
Buscar en Clarke Modet

Artículos

Los derechos de autor y el impacto de los sistemas de IA en el sector audiovisual y creativo

8 de octubre de 2025

La implementación de sistemas de inteligencia artificial está generando una profunda transformación en el sector audiovisual y creativo, planteando serios desafíos en materia de derechos de autor. Esta nueva realidad tecnológica ha afectado especialmente a este colectivo, y así se ha constatado en diversas reclamaciones públicas formuladas tras la entrada en vigor del Reglamento de Inteligencia Artificial (RIA) sus Códigos de Buenas Prácticas y las Directrices de desarrollo. Estos sistemas se entrenan con bibliotecas de datos extensas que, en muchos casos, incluyen obras protegidas por derechos de autor en España.

En este contexto, la comunidad creativa viene expresando una preocupación generalizada, su falta de confianza por la ausencia de garantías suficientes para la protección efectiva de los derechos de autor en esta nueva coyuntura. La tónica predominante en estas manifestaciones es la exigencia de mecanismos claros y robustos que aseguren el respeto a la propiedad intelectual frente al avance de los sistemas de IA generativa.

Uno de los comunicados más relevantes es el ratificado por diversas entidades de gestión colectiva de la Unión Europea que representan a la comunidad creativa, entre las que se encuentra la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores). En particular, se reivindica que la obligación de transparencia y los datos que se ponen a disposición de los usuarios y terceros por parte de estas plataformas, donde se informa del origen de la retroalimentación y alfabetización de los sistemas de IA es insuficiente, en tanto que no permite a los titulares de derechos identificar si sus obras han sido utilizadas.

Así mismo, y a nivel nacional, CEDRO, como entidad de gestión colectiva que representa los intereses de escritores y artistas musicales ha señalado que las Directrices publicadas por la Comisión Europea perpetúan la desprotección de los derechos de autor, al permitir que los modelos de IA que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto de 2025, fecha en la que entraba en vigor el régimen de obligaciones para los sistemas de IA de uso general, no tengan que reentrenarse ni eliminar contenidos protegidos utilizados sin autorización, si hacerlo no es técnicamente viable o supone una carga desproporcionada. También advierte que el formulario de transparencia publicado en los Códigos de Buenas Prácticas carece de elementos suficientes para que los titulares de derechos puedan identificar si sus obras han sido utilizadas.

Si bien es cierto, que el Código de Buenas Prácticas y sus Directrices establecen medidas que deben ser acatadas por los proveedores de IA de uso general para garantizar el respeto a los derechos de propiedad intelectual y poder cumplir con el vigente régimen de obligaciones, la comunidad creativa considera insuficiente las medidas adoptadas. Una de las principales preocupaciones es la deficiencia en cuanto a garantías que aseguren el cumplimiento de las cláusulas opt out y las reservas de derechos que se puedan realizar en webs o plataformas con el fin de evitar web scrapping y el web scraling en textos y minerías de datos.

Sin perjuicio de todo lo anterior, también es flagrante el descontento por la ausencia de remuneración por el uso de obras en el entrenamiento de sistemas de IA generativa. Estas prácticas incluyen la recolección masiva de contenido disponible en internet, como libros, imágenes, música, vídeos o artículos periodísticos. Su preocupación radica en que los modelos de IA pueden generar obras que compiten o plagian a las originales, sin que los creadores reciban reconocimiento ni ingresos por su contribución involuntaria al entrenamiento de los modelos de IA generativa. En este sentido, el RIA y sus mecanismos de implementación, no pareciera que vayan a solucionar esta cuestión, puesto que no se aborda la coyuntura económica en cuanto a licencias de uso refiere o compensaciones por su explotación.

En definitiva, gran parte de la comunidad creativa considera que, con el actual marco jurídico, se ha perdido una oportunidad para regular el uso de esta tipología de obras y creaciones y proteger así los usos no autorizados para la retroalimentación y alfabetización de sistemas de IA y el control de los outputs generados. Especialmente en un sector tan complejo como es el audiovisual, donde se desarrollan creaciones artísticas prácticamente a diario, y que son fruto de una aportación y calidad humana patente.

Por María Pastor y Daniel de Lucas. Legal Services ClarkeModet España

This site is registered on wpml.org as a development site.